Normas para piscinas descubiertas de uso colectivo

Normas para piscinas descubiertas ALT

Las piscinas de uso colectivo necesitan contar con unas normas y recomendaciones básicas para prevenir accidentes, mantener el orden y asegurar la convivencia en todos los espacios de la instalación acuática. Desde Autocontrol Piscinas queremos ayudarte a redactar tu propia normativa.

Te animamos a seleccionar aquellas que más se ajusten a las características de tu instalación acuática. Si tienes alguna duda, puedes ponerte en contacto con nuestros consultores especialistas quienes estarán encantados de ayudarte.

Normas para piscinas descubiertas de uso colectivo

Consideraciones generales

  • Leer la normativa de la piscina, antes de hacer uso de los espacios y servicios de la misma.
  • Es obligatorio seguir las indicaciones y colaborar con los socorristas y otros empleados de la instalación acuática. Todos ellos velan por mantener y crear un ambiente agradable y seguro en las piscinas para el desarrollo de su ocio y recreación.
  • Beber frecuentemente y tomar el sol con moderación, para evitar la deshidratación e insolación. Es recomendable utilizar gorra y camiseta especialmente para los niños pequeños.
  • Se prohíbe la realización de juegos y prácticas peligrosas, correr, zambullirse violentamente, arrojar objetos,… y en general todos aquellos actos que dificulten, obstaculicen o impidan el uso adecuado de las piscinas.
  • La dirección se reserva el derecho de uso de cualquier espacio de la instalación en cualquier horario para actividades como Cursos de Natación, Actividades Infantiles, Actividades Deportivas, de Ocio y similares. Ningún usuario ajeno a la actividad podrá utilizar estos espacios.
  • Está prohibido tirar al suelo cualquier tipo de residuos como cigarrillos, papeles y similares. Si existe una práctica reiterada, la dirección podrá retirar la entrada o el bono sin derecho a devolución de su importe.
  • Es obligatorio atender a todas las indicaciones del Socorrista y del personal de la instalación por su seguridad y el bienestar de todos los usuarios.
  • La Dirección se reserva el derecho a modificar los horarios de baño en cualquier momento para solventar cualquier problema asociado al recinto, buscando el beneficio de todos los usuarios y con motivo de condiciones meteorológicas adversas.
  • Prohibido el acceso al recinto con síntomas de embriaguez.

Control de Accesos

  • Es obligatorio presentar el DNI para obtener entradas con descuento por edad, así como cualquier documentación que se les requiera para abonos especiales. En caso de no aportar dicha documentación, se aplicará la tarifa que el personal crea conveniente.
  • Obligatorio que los menores de 14 años accedan al recinto acompañados de una persona mayor de edad, la responsabilidad de los menores es siempre de los padres y/o acompañantes.
  • No podrá acceder al recinto ningún menor de 14 años, sin estar al cuidado de un adulto. El padre, madre o tutor responderá ante las consecuencias que implique la estancia en el recinto del menor.
  • Prohibido el acceso sin entrada o bono.
  • Toda persona que acceda al recinto sin bono, deberá pagar su entrada.
  • Las entradas son personales e intransferibles. Cualquier intención de engaño puede acarrear la expulsión de la instalación para toda la temporada.
  • Prohibido utilizar los documentos acreditativos de entrada o abono de terceras personas.
  • Es obligatorio presentar la entrada o bono cada vez que se acceda a la piscina.
  • Las entradas son personales e intransferibles, sirviendo exclusivamente para el día de su compra y únicamente para la piscina donde se emita.
  • Se recomienda no acceder con objetos de valor.
  • Prohibido el acceso a las personas que padezcan o tengan síntomas de padecer alguna enfermedad infecto-contagiosa, salvo informe médico en sentido contrario.
  • Prohibido acceder o permanecer con calzado y/o con ropa de calle en las zonas de playa y césped. Para prevenir infecciones en los pies (hongos) utilice zapatillas de goma, tanto en la zona de la piscina como en los vestuarios y duchas. El césped es un pavimento que no permite la desinfección, con el calzado de calle se introducen gérmenes y suciedad. Igualmente, es muy importante secarse después del baño los espacios interdigitales de los pies.
  • Se prohíbe acceder con vidrio o cristal a la instalación, especialmente a la zona de baño.

Vestimenta y equipamiento para el baño

  • Obligatorio usar calzado específico de baño tipo chancla, sandalia de agua o escarpines en las duchas y zonas húmedas: vestuarios, playas y andadores de piscinas: disminuirá la posibilidad de caídas y tendrá una mayor protección frente a gérmenes.
  • Obligatorio el uso del gorro de baño, sobre todo si se tiene el pelo largo. De esta forma se contribuye a una mayor higiene de la lámina de agua.

Ducha

  • Obligatorio ducharse antes y después del baño.
  • Obligatorio ducharse antes del baño en cualquiera de los vasos, para eliminar gérmenes y partículas (cremas, pelos, etc.). Junto con la ducha, el paso por el pediluvio (la zona de agua que se pisa antes de entrar en la piscina), constituyen una vía para eliminarlos.
  • Antes de acceder a la zona de baño es obligatorio ducharse. Ducharse implica eliminar todo tipo de residuos como cremas, aceites, fijadores del cabello y similares que afectan a la higiene y claridad del agua.

Uso de vestuarios

  • No se permitirá, en el interior del edificio de vestuarios, la práctica de otra actividad que no sea la específica en función de su diseño y de los elementos que contenga.
  • Los menores de 8 años independientemente de su sexo podrán acceder al vestuario del sexo del acompañante mayor de edad que ejerza la patria potestad, tutela o guarda del mismo, a fin de realizar las funciones de aseo y vestido.
  • Prohibido afeitarse o depilarse en los vestuarios.

Animales de compañía

  • Prohibido introducir perros u otros animales (excepto los perros guía, según normativa vigente).

Zona de baño

  • Se prohíbe la entrada de usuarios a la zona de baño con ropa o calzado de calle.
  • Es obligatorio recogerse el pelo y recomendable el uso de gorros de baño.
  • No se permite acceder con ropa ni calzado que no sea exclusiva para el baño.
  • No se permite fumar, comer ni beber en el recinto de baño.
  • Compruebe las diferentes profundidades de los vasos de piscina antes de hacer uso con el fin de evitar accidentes.
  • En los vasos de chapoteo se permitirá el uso de camisetas en el baño por parte de los niños para su protección solar. Los adultos podrán utilizar esta prenda dentro de las playas , pero no para el baño.
  • Prohibido bañarse a cualquier persona que padezca enfermedad infectocontagiosa, especialmente cutánea.
  • Prohibido el acceso a toda persona afectada por enfermedades contagiosas de transmisión hídrica o dérmica.
  • No está permitido introducir aparatos para la natación subacuática como máscaras, aletas u objetos contundentes o que puedan molestar a los demás usuarios, excepto en actividades dirigidas expresamente aprobadas.
  • Introducir en los vasos de la piscina elementos que supongan riesgo o peligro para los usuarios: gafas de buzo, aletas, flotadores, balones, etc.; evite los accidentes. Los manguitos realmente son juguetes no elementos de seguridad, sólo se pueden utilizar en vasos de 50 cm o menos de profundidad, donde el niño haga pie y bajo la vigilancia directa de un adulto.
  • Obligatorio abandonar el vaso de la piscina en caso de tormentas, el agua atrae la corriente electromagnética.
  • Está prohibido tirarse a la piscina desde cualquier zona, con excepción de los trampolines.
  • Está prohibido arrojar a personas a la piscina.
  • Todos los ejercicios de natación se deberán practicar a lo largo de la piscina, nunca a lo ancho.
  • Está prohibido el uso de flotadores, colchonetas, globos, pelotas y similares.
  • No se permite lanzarse al agua de cabeza ni hacer acrobacias de ningún tipo. La Dirección no se hace responsable de ningún accidente por negligencia de los usuarios.
  • No se permite correr alrededor del vaso.

Uso del recinto

  • Prohibido realizar actos que, perturben, molesten o pongan en peligro a otros usuarios, (correr en zonas húmedas, zambullirse violentamente, usar aparatos de audio a un volumen molesto, arrojar desperdicios,…), dificulten, obstaculicen o impidan el desarrollo de actividades dirigidas, supongan daño material para las instalaciones o afecten a la higiene general.
  • Prohibido introducir objetos de cristal (vasos, frascos, espejos, botellas…), sustancias inflamables, peligrosas o nocivas en todo el recinto.
  • Prohibido tomar fotografías o secuencias videográficas de otros usuarios sin su consentimiento expreso.
  • Prohibido utilizar los espacios deportivos para la práctica de actividades o modalidades deportivas diferentes al uso concebido, salvo autorización expresa.
  • Prohibido colocar sombrillas, hamacas, tumbonas, sillas, colchonetas o piscinas hinchables, etc. en las praderas de césped.
  • Fuera del horario de baño, la instalación permanecerá inaccesible a los usuarios.
  • Se prohíbe comer pipas en toda la instalación y alimentos similares.

Zona de comedor

  • Prohibido comer fuera de los lugares indicados para tal fin. Se favorece la propagación de infecciones y la existencia de insectos y roedores.
  • Las sillas y mesas de la terraza son de uso exclusivo para aquellos usuarios que consuman en el bar. No se permite el consumo de comida ni bebida en este espacio que no sea exclusiva del bar.
  • La reserva mediante la colocación de objetos en las zonas de comedor y/o pérgolas. Igualmente, en los horarios habituales de comer tiene preferencia el uso para comer frente a otro tipo de actividades. Los diferentes servicios y equipamientos son de todos y para todos.

Uso de gafas

  • Se permiten las gafas específicas de natación. No se permite el uso, en el agua, de gafas graduadas o de sol (salvo lentillas), ni de buceo. En las playas se permitirán las gafas graduadas y/o de sol, solamente cuando lleven elementos de sujeción que eviten su impacto en el suelo.

Elementos de flotación e hinchables

  • Se permite el uso de tablas de natación, churros, en vasos de 1,40 mts de profundidad media, bajo vigilancia directa de adultos.
  • Se permite el uso de manguitos y burbujas en vasos de 50 ctms. Profundidad, donde el niño haga pie y bajo vigilancia de un adulto.
  • Prohibido utilizar hinchables en general, incluidos flotadores de rosca, balones, etc. (excepto elementos utilizados en actividades dirigidas aprobadas y supervisadas por la dirección de la piscina).

Uso de pañales

  • No está permitido el uso de pañales, por criterios higiénicos, dado que su uso no elimina, sino que enmascara la fuente de contaminación bacteriana.

Vasos de chapoteo

  • Los adultos y adolescentes no deben utilizar los vasos de chapoteo, excepto aquellos que sujeten a niños que no se valgan por sí mismos, que podrán hacer el uso imprescindible del vaso para este fin.

Uso de Taquillas

  • No guarde en las taquillas ningún elemento que pueda degradarse o deteriorarse.
  • No se permite la utilización de más de una taquilla por usuario.
  • El usuario deberá dejar libre diariamente la taquilla, retirando los objetos en ella depositados, una vez finalizado su uso.
  • Solamente se puede hacer uso de la taquilla durante una única jornada. Una vez cerrada la piscina al público se procederá a comprobar que todas las taquillas cuentan con su correspondiente llave. Si se detecta que una taquilla tiene objetos personales se procederá a retirarlos.
  • Cuando un usuario pierda la llave de su taquilla, el personal de la piscina procederá a abrirla, según la normativa específica para estos casos.

Guardarropa

  • La guarda de la ropa se efectuará tras la presentación del ticket de acceso correspondiente. El usuario recibirá una ficha como contraseña para retirar las prendas depositadas.
  • La devolución de la ropa se efectuará de una sola vez mediante la presentación, por parte del usuario, de la ficha correspondiente.
  • Cuando se produzca el extravío de la ficha que se entrega como contraseña de la ropa depositada en el guardarropa, se procederá a aplicar la normativa específica para este caso.

Otras

  • La dirección se reserva el derecho a aplicar cualquier otra normativa que considere oportuna en beneficio del buen uso y la sostenibilidad de las instalaciones.

El Real Decreto 742/2013 por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas de uso colectivo en España, exige que el titular de la piscina ponga a disposición de los usuarios en un lugar accesible y fácilmente visible, las normas de la instalación acuática.

Existen otros 6 requisitos más, obligatorios de información al público que hemos reflejado en el post: La información al público y el Real Decreto 742/2013.

Autocontrol Piscinas se encargará de realizar todos los trámites de adecuación del Protocolo Autocontrol Piscinas inicial ante la Autoridad Competente de Inspección, Consejería de Sanidad de la CC.AA correspondiente, necesarios para el cumplimiento de la normativa vigente.

Como resultado de esta actuación, las normas para piscinas descubiertas quedaran perfectamente regularizadas.

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