
Medidas COVID-19 Piscinas País Vasco 28/06/2021
Medidas COVID-19 Piscinas País Vasco 28/06/2021
A continuación, presentamos las Medidas COVID-19 Piscinas País Vasco con fecha 28/06/2021 ante la evolución de la pandemia COVID-19 según “Recomendaciones sanitarias para la apertura/reapertura y mantenimiento de las instalaciones de piscinas y áreas recreativas de agua de la CAPV” Plan de contingencia COVID-19 publicadas por el Departamento de Salud, Viceconsejería de Salud, Dirección de Salud Pública y Adicciones.
El objetivo de dichas Medidas COVID-19 Piscinas País Vasco 28/06/2021 es:
• Establecer el procedimiento para la apertura/reapertura de las piscinas y áreas recreativas de agua.
Estas últimas se definen como aquellos elementos constructivos sin vaso y con recirculación y sistema de tratamiento del agua que tienen por objeto un uso lúdico donde el agua entra en contacto con la persona usuaria.
Podrán ser de uso público o privado y constar de uno o más Conjuntos de Juegos de Agua (agrupación de cubos, setas, flores, arcos…, con un circuito de agua único e independiente de otro circuito).
• Establecer las pautas para la elaboración y actualización de los planes de contingencia COVID-19 que minimicen el riesgo de transmisión del SARS-CoV-2 en las piscinas y áreas recreativa de agua.
El Plan de Contingencia COVID-19 contendrá como mínimo los siguientes apartados:
A) ACCESO A LAS INSTALACIONES
– Se priorizará la cita previa con preventa online y el pago telemático u otras medidas que eviten, en la medida de lo posible, el contacto con monedas y billetes.
– Se procurará que los accesos no precisen contacto físico utilizando dispositivos de aproximación tipo pulseras, tarjetas, lectores de códigos QR.
En el caso de que la barrera de acceso sean tornos y sea necesario tocarlos con las manos/piernas, es preferible tenerlos bajados.
– Se pondrá a disposición de las personas usuarias sistemas para la desinfección de manos como dosificadores de hidrogel desinfectante, a poder ser con dosificador automático en la entrada/salida de la instalación y otros espacios del interior del edificio.
B) MEDIDAS PARA MANTENER EL DISTANCIAMIENTO INTERPERSONAL
– Se mantendrá una distancia de seguridad interpersonal de al menos, 1,5 metros en todos los espacios de la instalación (recepción, solárium, andén, vasos, vestuarios…), en la organización de uso de los elementos comunes (taquillas, bancos, lavabos…), así como en las actividades que se puedan organizar.
– Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes supuestos:
a) En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público.
b) En cualquier espacio al aire libre en el que, por la aglomeración de personas, no resulte posible mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes.
Con las excepciones previstas en el artículo primero del Real Decreto-ley 13/2021, de 24 de junio, por el que se modifican la Ley 2/2021, de 29 de marzo, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19.
– No será exigible el uso de la mascarilla en las piscinas y áreas recreativas de agua durante el baño ni en el momento de la ducha.
En las descubiertas tampoco será exigible en los desplazamientos y paseos ni mientras se permanezca en un espacio determinado siempre y cuando se pueda respetar la distancia de seguridad interpersonal entre las personas usuarias.
– La limitación del aforo en las piscinas será del 60% de su capacidad autorizada y deberá estar expuesto al público. Se establecerán sistemas de control de aforo real on time.
– Las áreas recreativas de agua podrán estar abiertas al público, siempre que en las mismas se respete un aforo máximo estimado de 1 persona por cada 4 metros cuadrados de espacio computable de superficie del recinto. Corresponderá a los ayuntamientos, y en su caso a las administraciones competentes, la organización del espacio, así como la garantía de las condiciones de limpieza e higiene.
– Para facilitar el cumplimiento de la distancia de seguridad en accesos y recorridos dentro de la instalación se marcará, en la medida de lo posible, el sentido de circulación, procurando diferenciar los puntos de entrada de los de salida de cada estancia y marcando tramos de 1,5 metros.
– En las zonas de estancia/solárium de las piscinas y áreas recreativas de agua se establecerá una distribución espacial para procurar la distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros entre las personas usuarias no convivientes, mediante señales en el suelo o marcas similares que indiquen esta distancia.
– La/el socorrista se mantendrá en una zona que asegure tanto el distanciamiento como la visibilidad suficiente para el desempeño de su trabajo.
– En el vaso y en la zona de juegos de agua en todo momento se habrá de respetar el aforo establecido y la distancia de seguridad entre bañistas y se desaconseja utilizar objetos de juego.
– Vestuarios. Se permite el uso de vestuarios con una ocupación del 50 % de su aforo máximo y uso individual de duchas o mantenimiento de una distancia interpersonal de 2 metros.
– Toboganes. Se podrán utilizar toboganes siempre que en los mismos se respete un aforo máximo estimado para mantener la distancia de seguridad interpersonal establecida.
Todo tobogán deberá disponer de una superficie de recepción de utilización exclusiva, con el fin de evitar el encuentro de los usuarios cuando lleguen al agua.
El trayecto desde el área de recepción hacia la salida del vaso no deberá cruzarse con los trayectos de otras personas usuarias.
C) INFORMACIÓN A LAS PERSONAS USUARIAS
Por la situación de pandemia en que nos encontramos, se requiere, además de los mensajes habituales a las personas usuarias de estas instalaciones, reforzar los avisos de prevención mediante carteles y/o megafonía.
Los mensajes dirigidos a las personas usuarias sobre medidas preventivas y uso de las piscinas y áreas recreativas de agua a reforzar serían los siguientes:
Antes de ir a una piscina o área recreativa de agua:
1. Si tiene síntomas compatibles con la COVID-19, tales como fiebre, escalofríos, tos, sensación de falta de aire, disminución del olfato y/o del gusto, dolor de garganta, dolores musculares, dolor de cabeza, debilidad general, diarrea o vómitos, no acuda a la instalación.
Deberá permanecer en su domicilio y comunicárselo a su servicio sanitario a la mayor brevedad.
2. Infórmese de las condiciones de uso, de acceso y aforo.
En la piscina, en el área recreativa de agua y en el conjunto de la instalación:
1. Mantenga una distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros y use mascarilla en los supuestos detallados en el apartado B)
2. Lávese y desinféctese las manos frecuentemente. Evite tocarse ojos, nariz y boca sin haberse lavado antes las manos.
3. Cúbrase la boca al toser y estornudar con un pañuelo desechable o con la parte interna del codo.
4. No comparta toallas ni otros objetos personales. Lave toallas y trajes de baño al llegar a casa.
5. No utilice objetos como balones, colchonetas…
6. Vigile a los menores e insista en que cumplan las medidas preventivas.
7. Siga las normas y recomendaciones de uso de la instalación y respete las indicaciones que se den.
8. Si presenta síntomas compatibles con la COVID-19, abandone la instalación cuanto antes y comuníqueselo a su servicio sanitario a la mayor brevedad.
D) LIMPIEZA Y DESINFECCIÓN DE ESPACIOS COMUNES
Para la limpieza y desinfección con carácter general se seguirán las recomendaciones establecidas en la Instrucción Técnica de medidas en la limpieza y desinfección en establecimientos y lugares de concurrencia pública del Departamento de Salud (IT-02, 2020).
Si se fueran a utilizar desinfectantes registrados en el Ministerio de Sanidad para uso por personal especializado, la aplicación de los mismos será llevada a cabo por técnicos cualificados de empresas inscritas en el Registro Oficial de Establecimientos y Servicios Biocidas (ROESB).
El programa de autocontrol que se viene aplicando en las instalaciones con piscina o en áreas recreativas de agua incluye un plan de limpieza y desinfección.
En esta situación de pandemia se requerirá la aplicación de este plan con total exhaustividad, teniendo en cuenta además que los productos utilizados han de ser eficaces frente a COVID-19.
– La frecuencia de la limpieza y desinfección se determinará en función de la afluencia y del uso.
Se deberá llevar a cabo una limpieza y desinfección más frecuente, sobre todo, de aquellas superficies en contacto con las manos (manillas y pomos de las puertas de vestuarios, baños o duchas, barandillas, bancos, etc.) de las personas usuarias.
Se llevará un registro con la fecha y hora de cada limpieza con identificación de la persona responsable de la misma.
Se recomienda abrir puertas y ventanas exteriores antes de realizar la limpieza y desinfección de los mismos.
– Con objeto de evitar al máximo la manipulación de estos elementos (manillas y pomos de las puertas de vestuarios, baños o duchas), en la medida de lo posible, se mantendrán las puertas abiertas.
– Asimismo, se deberán limpiar y desinfectar los diferentes equipos y materiales como, corcheras, material auxiliar de clases, rejilla perimetral, botiquín, así como cualquier otro objeto en contacto con las personas usuarias, que forme parte de la instalación.
– En los aseos, se deberá verificar que, en todo momento, estén dotados de jabón y/o soluciones hidroalcohólicas, papel desechable y que disponen de papeleras con tapa y pedal.
Además, es recomendable la colocación, en lugar visible (por ejemplo, en espejos, pared frontal del lavabo), de un cartel informativo con el correcto lavado de manos.
– Se establecerá un procedimiento de limpieza y desinfección de las taquillas en función del plan de uso previsto.
– Limpieza y desinfección del mobiliario de alquiler o préstamo (hamacas, tumbonas…) que requerirán ser limpiados después de cada uso. En el caso de no poder cumplir dicha frecuencia, se prescindirá de su uso.
– Se habrá de intensificar la ventilación de los espacios cerrados, tales como vestuarios, baños, botiquín y salas técnicas, preferiblemente de forma natural y mantenida, de manera continua durante su uso y además antes de su apertura y después de su cierre.
Si la ventilación es mecánica se deberá maximizar la entrada de aire exterior y evitar la recirculación del aire, y se habrán de incrementar las tareas de mantenimiento (limpieza de filtros y otros elementos).
– En piscinas cubiertas o mixtas se asegurará una buena renovación del aire del recinto de los vasos y se realizarán los controles en aire que señala el anexo II del Real Decreto 742/2013 conforme a lo descrito en el anexo III.
E) CONTROL DE CALIDAD DEL AGUA DEL VASO Y CONJUNTO DE JUEGOS DE AGUA
La calidad del agua se controlará según lo dispuesto en el Real Decreto 742/2013 por él que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas y en el Decreto 32/2003 por él que se aprueba el reglamento sanitario de piscinas de uso colectivo de la CAPV y según lo establecido en el Autocontrol de la instalación.
Ante la especial situación se recomienda:
– Mantener control exhaustivo de los niveles de desinfectante, en el caso de cloro entre 1-2 mg/l y en el caso de bromo entre 4-5 mg/l, situándonos en el tramo superior del rango de valores permitidos por el Real Decreto 742/2013.
– Mantener la filtración y la recirculación del agua las 24 horas.
– Tener también especial control del cloro combinado ya que los elevados niveles de cloro residual libre, pueden incrementar el nivel de cloro combinado, lo que supondría la necesidad de una mayor renovación de agua para reducirlo.
– Ajustar los niveles de cloro residual libre y de pH para tener un agua con un alto grado de poder desinfectante. Con un pH lo más cercano al 7,2 se consigue que un mayor porcentaje de cloro libre esté en forma de ácido hipocloroso, con un buen efecto de desinfección.
– Aumentar la frecuencia de medida y registro de los niveles de pH y de desinfectante residual en el vaso con fotómetro calibrado.
Además del control previo a la apertura diario, realizar al menos tres controles a lo largo de la jornada de baño, priorizando los momentos de máxima afluencia. Se contrastarán los resultados obtenidos con las lecturas del analizador en continuo para confirmar el correcto funcionamiento.
Si necesitas ayuda en la gestión de tu/tus piscinas en Autocontrol Piscinas te ayudamos a abrir tu piscina con seguridad y cumpliendo la normativa vigente:
- Protocolo de Autocontrol Real Decreto 742/2013 + Medidas Covid-19
- Gestión digital del libro de piscinas – Sistema SILOE Autocontrol Piscinas
- Gestión digital de los planes de autocontrol – Sistema Autocontrol Plan
- Sello de calidad Anti Covid-19
Si necesitas ayuda, puedes contactar con nosotros, estaremos encantados de ayudarte: