
Medidas Covid-19 piscinas Castilla y León 25/06/2021
Medidas Covid-19 piscinas Castilla y León 25/06/2021
Las siguientes Medidas Covid-19 piscinas Castilla y León 25/06/2021, se han elaborado para establecer estándares mínimos en las operaciones y mantenimiento de las piscinas de acuerdo a las «DIRECTRICES HIGIÉNICO-SANITARIAS DE LAS PISCINAS DE USO COLECTIVO DE CASTILLA Y LEÓN» publicadas por la Consejería de Sanidad Dirección General de Salud Pública con el fin de minimizar la transmisión del Covid-19 y proporcionar un ambiente seguro para todos los usuarios.
1.Medidas Covid-19 antes de la apertura de la instalación
El objetivo de estas medidas según la normativa Covid-19 es conseguir que las instalaciones y el agua del vaso estén totalmente limpias, libre de microorganismos infecciosos y de sustancias que puedan ser perjudiciales para la salud de los usuarios.
En cuanto a la ventilación de los espacios cerrados, por ejemplo los vestuarios, botiquín, baños, salas de sistemas o salas técnicas, es muy importante puesto que la ausencia de ventilación son factores que benefician la transmisión del virus.
Por esto se recomienda una ventilación apropiada que puede ser natural o a través de sistemas mecánicos.
En el primer caso, se debe abrir puertas y ventanas que se dirijan al exterior, por lo menos tres veces al día durante quince minutos.
La ventilación deberá ser cruzada, es decir, abrir siempre las puertas o ventanas opuestas para así fomentar la circulación del aire.
Si se realiza por medios mecánicos deberán tener una correcta instalación así como su mantenimiento e incluso con una incorporación de una filtración de aire.
En el Reglamento de Instalaciones Térmicas en los edificios, se establecen las medidas de prevención y control básicas para dichas cuestiones de ventilación.
La desinfección de mobiliario será efectiva si antes se realiza una previa limpieza íntegra donde se elimine suciedad y se reduzca gérmenes mediante el empleo de agua y productos de limpieza antivirus.
El proceso de limpieza será el siguiente:
- Identificar los diferentes equipos, materiales o instalaciones aptos para la limpieza o desinfección. Por ejemplo: corcheras, duchas, vestuarios, vaso, es decir, que formen parte de la instalación y cualquier otro que tenga contacto con el público.
- Se deberá establecer una frecuencia diaria de operaciones de limpieza y desinfección.
- Se deberá enumerar los utensilios utilizados para dichos procesos, por ejemplo, fregona, cepillo, escoba, así mismo, los propios productos de desinfección utilizados para que sean desinfectados después de su uso.
- Se debe aportar la ficha de datos de seguridad de recomendaciones y medidas de almacenamiento seguro de los productos empleados a la vista de los usuarios y operarios, respetando las precauciones del etiquetado.
- Si son instalaciones cubiertas y/o climatizadas como bañeras de hidromasaje, se incluye también la prevención y control de “Legionella” con su respectivo procedimiento.
- También se recomienda la apertura secuencial de grifos de duchas, fuentes, bar y servicios, dejando fluir el agua para así renovar la que estaba retenida en las tuberías.
1.1 Descripción del plan de limpieza y desinfección
Se dispondrá de un protocolo de limpieza y desinfección que se adapte a las características de la instalación y a la concurrencia de los usuarios, el titular tendrá a disposición de la autoridad sanitaria dicho protocolo si lo solicita.
Hay que tener en cuenta la secuencia de las siguientes operaciones:
- Barrer y limpiar las zonas húmedas de duchas, baño, lavapiés, y demás zonas de transito de los bañistas.
- Preparar y aplicar productos de limpieza y desinfección del mobiliario como las barandillas.
- Enjuagar con bastante agua los productos utilizados en el lavado.
- Preparar y aplicar solución desinfectante acordes a los productos recomendados por el Ministerio de Sanidad.
- Enjuagar las soluciones desinfectantes aplicadas anteriormente.
- El responsable deberá realizar una inspección visual para evaluar, controlar y seguir las anteriores operaciones.
- Se utilizaran paños y demás materiales de un solo uso para los procesos de limpieza y desinfección.
- Finalizada la limpieza, los productos y materiales utilizados se eliminarán de forma segura, así como un posterior lavado de manos.
En cuanto a los productos biocidas, se podrán utilizar los del tipo de producto 2 (TP2), desinfectantes y alguicidas no aptos a la aplicación directa de personas o animales, en concreto los que posean una gran acción virucida. Se deberá respetar las indicaciones de las etiquetas y hacer énfasis en las zonas de mayor contacto.
1.2 Bares y zonas deportivas
Las instalaciones de hostelería que se encuentren en la piscina, deberán seguir los debidos protocolos correspondientes establecidos para este sector.
Las instalaciones deportivas y de juegos, se limpiará y desinfectará antes de la apertura de la piscina y el mantenimiento de los juegos como toboganes, asientos y contacto con materiales, será dos veces al día.
1.3 Tratamiento del agua de los vasos
- Depuración física y química del agua
- Renovación mediante adición de agua de aporte
- Protocolo Autocontrol Piscina para verificar la eficacia de las anteriores medidas y las condiciones higiénicos-sanitarias del agua del vaso/s, Según el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios sanitarios de las piscinas.
- Si no se ha mantenido autocontrol diario o analíticas mensuales durante más de 15 días antes de la apertura, se derivará a realizar un análisis de agua del vaso/s sobre los parámetros del Anexo I y Anexo II del RD 742/2013.
- Si el agua de aporte no es del abastecimiento de la red pública, se realizará un análisis del agua del vaso/s en base a una evaluación del riesgo, para ello se tendrá en cuenta estudios previos del mismo.
2.Medidas Covid-19 de mantenimiento de la instalación
El objetivo de estas medidas es mantener un correcto nivel de higiene en las instalaciones y un debido tratamiento del agua para asegurar que la piscina sea un lugar seguro tras su apertura.
No hay evidencia de que la COVID-19 pueda transmitirse a las personas mediante el agua de las piscinas, jacuzzis o spas.
2.1 Medidas básicas Covid-19 en piscinas de Castilla y León 25/06/2021.
- Cumplimiento de las normativas vigentes nacionales, autonómica o local relativa a estas instalaciones.
- Los usuarios y trabajadores que permanezcan en las piscinas tienen la responsabilidad de prevenir contagios de la enfermedad.
Por esto se requiere que todo usuario y/trabajador de estas instalaciones adopte las medidas de distancia interpersonal y otras.
- Las personas que son vulnerables podrán hacer uso de esas instalaciones siempre que su condición clínica este controlada y lo permita con las rigurosas medidas de protección.
- Todas las operaciones que se realicen a causa de la COVID-19, tendrán que quedar anotadas y descritas como “operaciones ante situación excepcional de cierre por alerta sanitaria” en los registros correspondientes dentro del documento de autocontrol de la instalación.
2.2 Medidas Covid-19 de aforo y control de accesos
- Tanto el acceso como la práctica de la natación, estarán sometidos a los siguientes límites de aforo en función del nivel de alerta:
- Nivel de alerta 1: Sin límite de aforo.
- Nivel de alerta 2: Aforo máximo del 75% en piscinas al aire libre y 1/3 en piscinas cubiertas.
- Nivel de alerta 3: Aforo máximo del 50% en piscinas al aire libre y de 1/3 en piscinas cubiertas
- Nivel de alerta 4: aforo máximo de 1/3, sin perjuicio de que se pueda adoptar medidas sanitarias preventivas excepcionales, entre las que se podrá acordar la suspensión de la apertura de las instalaciones.
- El acceso de los usuarios a las instalaciones se ejecutará teniendo en cuenta el apartado anterior sobre el aforo y siempre respetando la posibilidad de que dentro de la misma se asegure una distancia de seguridad interpersonal de al menos 1,5 metros entre usuarios no convivientes.
Estas medidas se aplicarán esencialmente en la zona de recepción, los vestuarios y duchas y manteniendo la distancia entre taquillas mediante el cierre de algunas de ellas.
- Para el acceso, se sugiere dibujar bandas o colocar bandas en el suelo de recepción que marquen las distancias mínimas entre personas (1,5 metros) que esperan en el mostrador. Poner las mismas indicaciones de mantener esa distancia en la puerta de entrada.
- La venta de abonos y entradas debe limitarse proporcionalmente al aforo permitido y definido según el nivel de alerta.
- Cuando el aforo se complete el usuario no podrá acceder a la instalación hasta que no salgan otros usuarios. Será el socorrista o el personal que designe el gestor de la instalación, el responsable de supervisar la cantidad de bañistas en cada uno de los vasos y restringir los accesos a los mismos de acuerdo a las medidas Covid-19 piscinas Castilla y León 25/06/2021.
- Si se precisa de tornos como barrera de entrada a las piscinas que sea necesario tocarlos con las manos/piernas, es preferible tenerlos bajados o tocarlos con la ropa.
- Si la instalación lo permite, utilizar una puerta de entrada y otra de salida para minimizar los cruces.
- Reorganizar el aparcamiento de la instalación asegurando distancia mínima de seguridad de 1,5 metros.
2.3 Medidas generales Covid-19 piscinas Castilla y León.
- Sistemas para la desinfección de manos a la entrada de la instalación y también un sistema de limpieza de calzado a la entrada de la instalación y uso de calzado exclusivo dentro de la misma como chanclas, sandalias de goma, etc.
- Bolsa de plástico para materias que se desecha a la salida de la instalación que tenga pedal y tapa
- Se favorecerá el pago con tarjeta de crédito o aplicaciones móviles y después del uso deberá ser desinfectado adecuadamente.
- Se deberá informar al usuario de las Medidas Covid-19 piscinas Castilla y León 25/06/2021 mediante indicadores visuales como cartelería o mensajes por megafonía.
- Las personas de seis años en adelante quedan obligadas al uso de mascarillas en los siguientes situaciones:
- En cualquier espacio cerrado de uso público o que se encuentre abierto al público como vestuarios, taquillas, aseos, zona de descanso de piscina cubierta.
- En cualquier espacio al aire libre de la instalación en que, por la aglomeración de personas sea difícil mantener una distancia mínima de 1,5 metros entre las mismas, salvo grupos de convivientes.
No será exigible en:
- Actividades de socorrismo y rescate cuando requieren acceder al vaso de la piscina.
- Durante el baño
- Personas que presente algún tipo de enfermedad o dificultad respiratoria y que se pueda ver agravada su situación por el uso de la mascarilla, así como personas que tengan dificultad para quitarla y ponerla.
Todo el personal deberá incrementar su higiene de manos mediante el lavado frecuente con agua y jabón o geles hidroalcohólicos.
2.4 Medidas en las zonas de estancia o de tránsito de los bañistas
- Limpieza y desinfección de las zonas frecuentadas por los bañistas al menos 2 veces al día y en espacial las zonas mayor frecuentadas como vestuarios, baños, taquillas, duchas.
- Limpieza y desinfección del mobiliario utilizado por los usuarios después de cada uso, por ejemplo, hamacas o sillas con una disolución 1:50 o desinfectantes con actividad virucida.
- Nunca mezclar cloro con otros detergentes u otros productos de limpieza.
- Mayor desinfección de las zonas donde estén en contacto con las manos de los usuarios.
- Se intensificará la limpieza de los aseos y siempre deberán estar dotados de jabón y/ o soluciones hidroalcohólicas, papel desechable y que disponer de papeleras con tapadera y pedal, las cuales se vaciarán frecuentemente y se colocaran en un lugar visible.
- Se reducirá el aforo de los vestuarios y se organizará su distribución de forma que se pueda mantener la distancia de seguridad interpersonal.
- En piscinas cubiertas, se seguirán las recomendaciones anteriormente citadas para espacios cerrados.
- En las saunas y spas, a pesar de que la información científica de la supervivencia del virus es escasa dependiendo de la superficie, si se indica una supervivencia reducida a elevadas temperaturas, por lo que se debe extremar las medidas de limpieza y desinfección.
2.5 Control de la calidad del agua del vaso
La calidad del agua del vaso se controlará según lo dispuesto en el Real Decreto 742/2013 por el que se establecen los criterios técnico-sanitarios de las piscinas y demás normativa de aplicación.
Con un mayor énfasis se controlarán los niveles de desinfectante residual, de manera que, el agua del vaso y duchas deberá estar desinfectada y ser desinfectante en todo momento.
Para maximizar la seguridad se recomienda un control exhaustivo de las tres fases:
1. Regulación del pH.
Una correcta regulación del pH es esencial para garantizar una desinfección eficaz.
2. Desinfección.
Según la Organización Mundial de la Salud (OMS), una concentración residual de cloro libre de ≥0.5 mg/l en el agua de la piscina durante un mínimo de 30 minutos de contacto a un pH<8 es suficiente para eliminar virus en-vueltos como los coronavirus.
Se deberá tener presente, que el mínimo residual de cloro libre recomendado depende del tipo de piscina o desinfectante utilizado; por ejemplo, las piscinas de spa necesitan 1-3 mg/l., y sería una concentración suficiente para la inactivación del virus, y por lo tanto, suficiente para evitar los riesgos de contaminación durante el baño.
Los derivados bromados también podrían ejercer una desinfección eficaz de los llamados balnearios urbanos, siempre que se garanticen las condiciones mínimas de concentración establecidas por legislación.
En el caso de parques acuáticos se deberá mantener el agua de las piscinas limpia y desinfectada (1-10 ppm de cloro libre; 3-8 ppm de bromo libre y pH entre 7.2 y 8)
3. Medición constante del desinfectante residual
Es de elección a cualquier otro método de medida, y si es aplicable, deberá ser al menos cada hora.
Situar de valores constantes de los niveles de pH y de cloro, así como la regulación controlada y fiable de estos parámetros es fundamental en toda clase de piscinas, independientemente de su aforo, puesto que es la principal medida preventiva.
Por consiguiente, y en cualquier sistema operacional de medida, se realizará diariamente antes de la apertura al público una medición de desinfectante residual y pH, además, en tramos de tiempo iguales se realizarán dos mediciones hasta el cierre de la instalación para alcanzar al menos, tres lecturas diarias de desinfectante residual y pH.
Estas lecturas servirán para determinar los límites críticos inferiores y/o superiores de ambos parámetros, a fin de establecer las medidas correctoras si fuera necesario.
2.6 Toboganes, zonas deportivas y zonas de juego
Las zonas deportivas y zonas de juego dentro de las instalaciones de las piscinas según su evaluación de riesgo se autorizará su uso o no. De ser autorizados, se realizará limpieza y desinfección, al menos, dos veces/día.
2.7 Impartición de clases y actividades
Se considerará y adecuará una vuelta progresiva de los cursos y escuelas, actividades acuáticas, clases colectivas y servicios respetando siempre el distanciamiento interpersonal de al menos 1, 5 metros y dentro del vaso de agua 2 m2 por usuario para cumplir las medidas Covid-19 piscinas Castilla y León 25/06/2021.
Si necesitas ayuda en la gestión de tu/tus piscinas en Autocontrol Piscinas te ayudamos a abrir tu piscina con seguridad y cumpliendo la normativa vigente:
- Protocolo de Autocontrol Real Decreto 742/2013 + Medidas Covid-19
- Gestión digital del libro de piscinas – Sistema SILOE Autocontrol Piscinas
- Gestión digital de los planes de autocontrol – Sistema Autocontrol Plan
- Sello de calidad Anti Covid-19
Si necesitas ayuda, puedes contactar con nosotros, estaremos encantados de ayudarte: